Alma Amparán viola el Código Municipal
Remache del
cambio
Por: Enrique Zúñiga Castillo
Alma Amparán viola el Código Municipal
En la entrega anterior mencioné dos de los cambios que dentro de la administración
municipal ha hecho la actual presidenta Alma Laura Amparán Cruz en Altamira.
Uno de esas remociones correspondió en la Delegación de la zona sur.
Allí fue separado del cargo José Nicandro Trejo Fraustro. Su lugar fue ocupado
por Bernardo Javier Hernández de la Torre. El otro cambio fue en la Dirección
de educación y cultura. Se fue Micaela García Muñiz y llegó Yazmín Abigaíl
Carreón González.
En el aspecto jurídico en el que se encuadran los recién otorgados
nombramientos hago aquí varias observaciones.
Primero, cabe mencionar que hace unos 15 años el Código Municipal para
el estado de Tamaulipas (ordenamiento aplicable en la materia) establecía que
los presidentes proponían al cabildo el secretario, tesorero, contralor,
director de Obras y Servicios públicos y demás funcionarios de la
administración municipal. Así, los alcaldes daban cuenta de las remociones al
Ayuntamiento para su ratificación o rectificación. Como se puede apreciar,
todos los nombramientos de los funcionarios debían pasar por el tamiz edilicio.
Luego la legislación fue reformada. Los Ayuntamientos quedaron
facultados para nombrar y remover, a propuesta del alcalde, al secretario,
tesorero, contralor y directores de Desarrollo urbano, y ecología, Obras
públicas, Seguridad pública, Servicios públicos, Protección civil, entre otros
titulares. Aquí se puede observar que se les otorgó manga ancha a los
presidentes municipales. Sólo se les acotaron sus atribuciones en ciertos
cargos.
La versión más reciente del Código fue reformada el 14 de julio del año
pasado.
En el Código
vigente se retornó a la anterior orientación. De acuerdo con el artículo 49, en
su fracción IX, los Ayuntamientos
nombran y remueven, a propuesta del alcalde, al secretario del Ayuntamiento, al
tesorero, al contralor, al secretario de Desarrollo urbano y ecología o, en su
caso, al director de Obras y servicios públicos, al secretario o director de
Seguridad Pública, según corresponda, y demás servidores públicos de la
administración municipal. La referencia es la página electrónica del Periódico
Oficial del estado de Tamaulipas.
El precepto
jurídico es claro. Establece nominalmente los cargos que deben ser otorgados
con la aprobación del cabildo, pero agrega “y demás servidores públicos de la
administración municipal”.
En el caso de los
nuevos nombramientos otorgados por Alma Laura Amparán en ninguno de ellos se
consideró la aceptación del cabildo.
Resulta por demás
obvia la relevancia de los puestos de director o de delegado como para soslayar
someterlo al análisis del máximo cuerpo colegiado del municipio. Jurídicamente,
en este asunto la señora va desnuda, y al parecer, nadie de los integrantes de
su equipo cercano se atreve a decírselo. Por otra parte, algunos miembros del
Ayuntamiento les han pasado a oscuras esas designaciones.
¡Qué suene la banda, Alma!
La insensibilidad y la ignorancia han prevalecido en la
decisión de desparecer la Banda Municipal de Altamira Tamaulipas. En contraste,
síndicos y regidores han insertado en las listas salariales a hijos, ahijados,
sobrinos, cuñados, parejas, guachomas,
etcétera. Esta política forma la suave brisa
del cambio encabezada por Alma Laura Amparán, la presidenta municipal. ¿Pensar
en reelección?
contrarraya@gmail.com
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