Alma Amparán viola el Código Municipal

Remache del cambio
Por: Enrique Zúñiga Castillo
Alma Amparán viola el Código Municipal
En la entrega anterior mencioné dos de los cambios que dentro de la administración municipal ha hecho la actual presidenta Alma Laura Amparán Cruz en Altamira.
Uno de esas remociones correspondió en la Delegación de la zona sur. Allí fue separado del cargo José Nicandro Trejo Fraustro. Su lugar fue ocupado por Bernardo Javier Hernández de la Torre. El otro cambio fue en la Dirección de educación y cultura. Se fue Micaela García Muñiz y llegó Yazmín Abigaíl Carreón González.
En el aspecto jurídico en el que se encuadran los recién otorgados nombramientos hago aquí varias observaciones.

Primero, cabe mencionar que hace unos 15 años el Código Municipal para el estado de Tamaulipas (ordenamiento aplicable en la materia) establecía que los presidentes proponían al cabildo el secretario, tesorero, contralor, director de Obras y Servicios públicos y demás funcionarios de la administración municipal. Así, los alcaldes daban cuenta de las remociones al Ayuntamiento para su ratificación o rectificación. Como se puede apreciar, todos los nombramientos de los funcionarios debían pasar por el tamiz edilicio.

Luego la legislación fue reformada. Los Ayuntamientos quedaron facultados para nombrar y remover, a propuesta del alcalde, al secretario, tesorero, contralor y directores de Desarrollo urbano, y ecología, Obras públicas, Seguridad pública, Servicios públicos, Protección civil, entre otros titulares. Aquí se puede observar que se les otorgó manga ancha a los presidentes municipales. Sólo se les acotaron sus atribuciones en ciertos cargos.

La versión más reciente del Código fue reformada el 14 de julio del año pasado.
En el Código vigente se retornó a la anterior orientación. De acuerdo con el artículo 49, en su fracción IX,  los Ayuntamientos nombran y remueven, a propuesta del alcalde, al secretario del Ayuntamiento, al tesorero, al contralor, al secretario de Desarrollo urbano y ecología o, en su caso, al director de Obras y servicios públicos, al secretario o director de Seguridad Pública, según corresponda, y demás servidores públicos de la administración municipal. La referencia es la página electrónica del Periódico Oficial del estado de Tamaulipas.

El precepto jurídico es claro. Establece nominalmente los cargos que deben ser otorgados con la aprobación del cabildo, pero agrega “y demás servidores públicos de la administración municipal”.
En el caso de los nuevos nombramientos otorgados por Alma Laura Amparán en ninguno de ellos se consideró la aceptación del cabildo.

Resulta por demás obvia la relevancia de los puestos de director o de delegado como para soslayar someterlo al análisis del máximo cuerpo colegiado del municipio. Jurídicamente, en este asunto la señora va desnuda, y al parecer, nadie de los integrantes de su equipo cercano se atreve a decírselo. Por otra parte, algunos miembros del Ayuntamiento les han pasado a oscuras esas designaciones.

¡Qué suene la banda, Alma!

La insensibilidad y la ignorancia han prevalecido en la decisión de desparecer la Banda Municipal de Altamira Tamaulipas. En contraste, síndicos y regidores han insertado en las listas salariales a hijos, ahijados, sobrinos, cuñados, parejas, guachomas, etcétera. Esta política forma la suave brisa del cambio encabezada por Alma Laura Amparán, la presidenta municipal. ¿Pensar en reelección?


contrarraya@gmail.com

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